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La Custodia, Visita y Mantención de Niños

En aquellos casos en que están involucrados niños, los jueces de los cortes familiares se preocupan primeramente de las necesidades de ellos. De este modo, cualquiera sea la problemática que existe entre los padres, la corte siempre se dirigirá primero a la satisfacción de las necesidades de los menores. Un padre aumenta sus posibilidades de obtener una orden favorable en cuanto a la custodia de los niños, cuando demuestra su interés principal en el bienestar de los hijos.

Asumiendo que las circunstancias de cada niño y de cada familia son únicas y pueden cambiar a través del tiempo, es importante evaluar individualmente cada caso y diseñar órdenes para la custodia y la mantención de niños que permitan a los padres organizar sus vidas de manera tal, que puedan cumplir con las necesidades de los niños y a la vez poder tomar en cuenta las características personales y las necesidades prácticas de los padres.

Las órdenes de custodia y mantención de niños que aparecen como óptimas, son aquellas que garantizan la seguridad del menor, a la vez que maximizan sus posibilidades de desarrollarse física y emocionalmente de una manera sana. Idealmente esto se logra al proveer oportunidades para los dos padres de ver al niño, tratando de crear una relación de cooperación entre ellos en beneficio del menor. En aquellos casos en que ha ocurrido violencia doméstica o hay asuntos relacionados con alcohol, drogas, salud mental u otros, la situación es completamente diferente y se busca entonces diseñar arreglos en cuanto a la custodia que garanticen la seguridad del niño, mientras se evalúan de manera adecuada las características y circunstancias de cada uno de los padres.

De acuerdo con las particulares circunstancias de cada caso, los padres pueden seguir modelos estándar en cuanto a la custodia de los niños o bien diseñar soluciones creativas que satisfagan algunos otros factores en especial. En ausencia de otros factores, los derechos mínimos de visitación previstos en Texas, para un padre que no tiene la custodia primaria de un niño incluyen: el primer, tercer y quinto fin de semana de cada mes, el jueves a la hora de la cena, festivos alternados y visitas extendidas durante el verano. Cualesquiera sean sus particulares circunstancias, el abogado Hart se esforzará con celo para obtener órdenes en cuanto a la posesión, custodia, mantención y visita del niño que a la vez sean los más beneficiosas posible, tanto para el cliente como para los hijos.